La seguridad contra incendios es una prioridad fundamental en cualquier edificación, y uno de los componentes clave para asegurarla son las puertas cortafuegos. Tal y como dice el nombre, se diseñan e instalan para impedir la propagación del fuego y del humo, proporcionando un valioso tiempo para evacuar la zona y comenzar rápidamente las labores de extinción. Al respecto de este producto, una de las dudas más comunes que nos plantean a los expertos de Cesáreo P. Alves, especialistas en puertas industriales en Vigo, es todo lo relativo a su obligatoriedad, tema que abordamos a continuación en este artículo.
Normativa española sobre puertas cortafuegos
En España, la normativa que regula la instalación de puertas cortafuegos es el Código Técnico de la Edificación (CTE), específicamente en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI). Este documento establece las condiciones y requisitos para garantizar la protección contra incendios en los edificios.
Edificios residenciales
En los edificios residenciales, la instalación de puertas cortafuegos no siempre es obligatoria en las viviendas individuales. Sin embargo, en los edificios de viviendas con acceso a garajes, trasteros o salas de máquinas, sí es necesario instalar puertas cortafuegos para separar estas zonas del resto del edificio. Asimismo, en comunidades de vecinos, las puertas cortafuegos deben instalarse en zonas comunes que actúan como vías de evacuación, como escaleras y pasillos.
Edificios públicos y comerciales
Para los edificios públicos y comerciales, la normativa es más estricta. En oficinas, centros comerciales, hospitales, escuelas y otros edificios de uso público, las puertas cortafuegos son obligatorias en diversas áreas. Se deben instalar en rutas de evacuación, compartimentaciones de sectores de incendio y áreas de riesgo especial. Por ejemplo, en un centro comercial, las puertas cortafuegos deben separar las tiendas del área de almacenamiento y los accesos a escaleras y salidas de emergencia.
Industrias y naves industriales
En el ámbito industrial, las puertas cortafuegos son imprescindibles para garantizar la seguridad de los trabajadores y la protección de los bienes materiales. Las naves industriales, fábricas y almacenes deben contar con puertas cortafuegos en zonas de almacenamiento de materiales inflamables, áreas de producción y rutas de evacuación.
Características y certificación
Las puertas cortafuegos deben cumplir con estrictas especificaciones de diseño y fabricación. En España, estas puertas deben ser ensayadas y certificadas conforme a las normativas europeas UNE-EN 1634-1 y UNE-EN 13501-2. Estas pruebas garantizan que las puertas ofrecen una resistencia al fuego adecuada, generalmente clasificada en intervalos de tiempo como EI2 30, EI2 60, EI2 90 o EI2 120, indicando los minutos que resisten al fuego y al humo.
Sus puertas cortafuegos en Vigo
Una vez que haya analizado la normativa, de la que podemos aclararle todas las dudas que todavía tenga, si detecta que necesita instalar puertas cortafuegos en Vigo, solo tiene que contactar con nosotros y nuestros especialistas se ocuparán de todo. ¡Esperamos su llamada!